Un reciente estudio publicado en el Hungarian Journal of Legal Studies revela interesantes detalles sobre el sistema de contratos públicos en la República Romana, poniendo de manifiesto la delicada interacción entre los poderes del Estado y los intereses privados en la gestión de los asuntos públicos de la antigua Roma.
La investigación, llevada a cabo por Anna Tarwacka de la Universidad Cardenal Stefan Wyszynski de Varsovia, examina en profundidad las llamadas locationes censoriae, contratos públicos gestionados por los censores romanos para la realización de obras públicas y la recaudación de impuestos. Estos acuerdos, que se encontraban en el corazón mismo del funcionamiento del Estado romano, revelan un complejo entramado de relaciones entre los magistrados, el Senado, los contratistas privados y el pueblo romano.
Según el estudio, los censores, magistrados elegidos cada cinco años, desempeñaban un papel crucial en la adjudicación y supervisión de estos contratos. Tenían la potestad de determinar las condiciones de los acuerdos, así como de celebrarlos y ejecutarlos en nombre del pueblo romano. Esta práctica, que al parecer se remonta a los primeros tiempos de la magistratura censorial, fue fundamental para el desarrollo urbanístico y económico de Roma.
La investigación destaca la diversidad de proyectos que se llevaban a cabo mediante estos contratos, desde la construcción y reparación de edificios públicos hasta la recaudación de impuestos por el uso de ríos navegables, puertos, jardines, minas y tierras públicas. La magnitud de estas empresas era tal que, según el historiador griego Polibio, involucraba a gran parte de la sociedad romana, ya fuera como contratistas, socios o garantes.
Un aspecto particularmente interesante que revela el estudio es el surgimiento de las societates publicanorum, compañías de publicanos formadas por miembros del orden ecuestre. Estas entidades colectivas estaban mejor equipadas para asumir la carga de cumplir con los contratos que los ciudadanos individuales, lo que llevó a la acumulación de riqueza y poder político por parte de los equites. Sin embargo, este sistema también tuvo sus inconvenientes, como las políticas de explotación en las provincias que empobrecieron considerablemente estas regiones durante el declive de la República.
El artículo profundiza en los diferentes tipos de contratos que los censores podían celebrar, incluyendo los sarta tecta tuenda locare para el mantenimiento y reparación de edificios públicos, los opera publica para todo tipo de obras públicas, y los vectigalia locare para la recaudación de impuestos. La autora señala que existe cierto debate académico sobre la interpretación exacta de algunos de estos términos, como ultro tributa, que podría referirse tanto a los fondos asignados a los censores para gastos públicos como a las obras que los contratistas se comprometían a realizar al menor precio posible.
Un aspecto fascinante del proceso de contratación era la subasta pública, que se llevaba a cabo en presencia del pueblo romano. Un pregonero (praeco) dirigía la subasta hasta que se fijaba el precio, ya fuera el más alto (en el caso de los vectigalia) o el más bajo (para los ultro tributa). El licitador exitoso debía proporcionar una garantía personal y material (predibus prediisque) para asegurar el cumplimiento del contrato.
La investigación también aporta información sobre la protección de los contratistas en este sistema. Aunque tradicionalmente se ha prestado más atención a las consecuencias para los contratistas que incumplían sus obligaciones, el estudio sugiere que existían mecanismos indirectos de protección para los contratistas. Estos podían incluir la posibilidad de protestar invocando los términos del contrato si un funcionario imponía requisitos demasiado estrictos, o la oportunidad de apelar a personas influyentes en busca de ayuda.
Particularmente significativo es el papel central que desempeñaba el Senado en la supervisión de estos contratos. Según Polibio, el Senado tenía la autoridad suprema en todos los asuntos relacionados con los contratos públicos. Podía conceder prórrogas, facilitar los términos del contrato en caso de accidente o incluso liberar completamente al contratista si el contrato resultaba imposible de cumplir.
El estudio cita varios ejemplos históricos que ilustran esta dinámica. En un caso, el Senado ordenó una nueva subasta de contratos después de que los publicanos se quejaran de los precios excesivamente altos fijados por los censores Catón y Flaco. En otro incidente, los publicanos, insatisfechos con la exclusión de algunos de ellos de una subasta por parte de los censores, primero buscaron la ayuda del Senado y, al no tener éxito, recurrieron a un tribuno de la plebe.
Estos ejemplos ponen de manifiesto la compleja red de intereses y poderes que gravitaban en torno a las locationes censoriae. Los censores, aunque investidos de amplias facultades, no operaban en un vacío político. El Senado, los tribunos de la plebe e incluso el pueblo romano podían influir en el proceso de contratación pública, creando un sistema de controles y equilibrios que, aunque imperfecto, buscaba conciliar los intereses del Estado con los de los contratistas privados.
La investigación ofrece valiosas perspectivas sobre la interacción entre el Estado y los intereses privados en la antigüedad. En un momento en que los debates sobre la contratación pública y la regulación económica siguen siendo relevantes, este estudio histórico proporciona un fascinante punto de comparación, revelando tanto las similitudes como las diferencias entre las prácticas antiguas y modernas.
El estudio subraya la sofisticación y complejidad del sistema administrativo romano, desafiando las nociones simplistas sobre la gobernanza en el mundo antiguo. Las locationes censoriae emergen como un intrincado mecanismo que no solo facilitaba la realización de obras públicas y la recaudación de impuestos, sino que también servía como un campo de negociación entre diferentes actores políticos y económicos en la República Romana.
FUENTES
Tarwacka, A. (2024). Between coercion and protection. Locationes censoriae in the times of the Roman Republic. Hungarian Journal of Legal Studies, 65(1), 3-17. doi.org/10.1556/2052.2024.00529
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