Estados Unidos es un buen destino para pasar las vacaciones de verano o para viajar por un corto periodo temporal. Sin embargo, para ir a Norteamérica es esencial atenerse a unas condiciones muy estrictas que requieren varios papeleos. Lo más importante es solicitar la Visa ESTA para Estados Unidos, un sistema electrónico de autorización para poder entrar en territorio norteamericano.

Lo más destacable de este visado es que no es válido por tiempo indefinido. Tan solo dura dos años consecutivos, pudiendo el solicitante viajar en este tiempo a Estados Unidos las veces que quiera, pero sin llegar a sobrepasar los 90 días por estancia. En caso de exceder el número de días permitido, el visado queda automáticamente suspendido y surgirán problemas para regresar al país de origen.

Además, es posible que existan mayores dificultades para volver a viajar a Estados Unidos en un futuro. Como el visado ESTA quedará suspendido, el infractor solo podrá solicitar un visado de turista (B-2) la próxima vez que quiera regresar a Norteamérica. Sin embargo, solicitar este tipo de visado le podrá acarrear muchos más gastos que el ESTA, los cuales deberá abonarlos días antes de emprender su viaje.

Además, al solicitar el visado de turista deberá dejar claro que su intención de viajar a Estados Unidos es simplemente por turismo y no por cualquier otro motivo que vaya a suponer una extensión de la estancia como residencia por trabajo.

Sobrepasar el límite de estancia con el visado ESTA puede suponer una negativa radical a la entrada en territorio estadounidense durante un periodo de 3 y 10 años, dependiendo de cuantos días se hayan sobrepasado y de la gravedad de la infracción. Para evitar este tipo de situaciones ilegales, en caso de no saber exactamente cuánto tiempo le va a llevar su estancia en Estados Unidos, si va a superar el máximo de 90 días permitidos con el visado ESTA, se recomienda acogerse a otro tipo de visado que permita la extensión de días.

Para solicitar el visado ESTA, se deben cumplir con una serie de requisitos y pertenecer a uno de los 38 países donde está vigente esta autorización (Chile, Reino Unido, Andorra, Australia, Austria, Bélgica, Brunei, República Checa, Dinamarca, Estonia, Finlandia, Francia, Alemania, Grecia, Hungría, Islandia, Irlanda, Italia, Japón, Latvia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Mónaco, Países Bajos, Nueva Zelanda, Noruega, Portugal, Corea del Sur, San Marino, Singapur, Eslovaquia, Eslovenia, Suecia, Suiza y Taiwán)

Por otro lado, no podrán tramitar el permiso ESTA las personas con antecedentes penales, quien posea una enfermedad contagiosa que se concediere de riesgo para la salud pública, a los que se les haya prohibido la entrada a Estados Unidos o quienes hayan sobrepasado el tiempo máximo de 90 días de estancia. También se excluyen a todos los que hayan viajado o estado presentes en países como Irán, Sudán, Siria o Iraq.

Por último, los niños también podrán ser solicitantes del visado ESTA, debido a que el sistema no permite autorizaciones familiares o grupales y por tanto, cada persona debe tramitarse su propio visado.


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